Un reciente artículo de Ricardo Uceda en La República (05.03.18) revela que una defensa del empresario José Graña de la acusación de corrupción en sociedad con Odebrecht sería que ellos no estuvieron en el pacto original de la coima. “Pongamos que Pedro vende a José el 40% de su restaurante y le pide que, aparte de costear las acciones, le devuelva parte de la coima que tuvo que pagarle al alcalde para obtener la licencia. ¿Quién sobornó a la autoridad: el primer propietario o ambos? De acuerdo con el razonamiento de la Sala de Apelaciones, el segundo socio no cometió el delito de colusión”.
Solo que esa no es una buena analogía. Porque la coima se pactó el 2004 y los pagos se hicieron hasta el 2011. Así que para completar la figura, debemos preguntarnos: ¿si usted compra el 40% de un restaurante y 7 años después de esa compra su socio le dice que le pague la parte de una coima que él hizo al comienzo del negocio, pagaría usted? Creo que es obvio que no. El pedido de compartir la coima solo sería aceptado si es pactado en el momento mismo de la compra del 40% del restaurante. Sucede además que el pacto corrupto Odebrecht – GyM – Toledo – funcionarios del MTC estuvo funcionando, es decir, se estuvieron realizando pagos de coimas, durante varios años entre el 2004 y el 2011, periodo en el cual también se firmaron más de una decena de adendas al contrato original, todas por supuesto elevando los montos que debía pagar el estado hasta hacer la Interoceánica Sur un absurdo de cara.
Una analogía mejor sería decir que el dueño del restaurante vendió 40% de las acciones, le contó al nuevo socio de la coima y siguieron juntos aprovechándose más y más del estado mientras el socio principal se encargaba de ir pagando las coimas, para al final del periodo hacer el “arqueo de caja” y compartir los costos de las coimas con el nuevo socio minoritario. ¿Quién sobornó a la autoridad? Ambos.
Uceda también señala que el proceso tiene “un cariz de ajuste de cuentas contra los ricos (…) especialmente desde que Richard Concepción, cuando dictó las prisiones preventivas, dijo que “sobre todo” eran necesarias para demostrar que la ley se aplica por igual”. Pero el exigir que la ley sea igual para todos es un principio constitucional básico, y exigirlo no es ningún ´ajuste de cuentas´, aunque llame la atención porque en nuestra historia siempre la justicia ha tendido a ser un embudo ancho para los ricos y angosto para los pobres.
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